A- de 2018
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Cesar Alberto Guevara Arango, Representante De Las Victimas-Procesados Jose Gregorio Duran Brochero, Sergio De Jesus Arango Y James Ernesto Hernandez·Respondent --
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Corte se inhibe y devuelve la actuación judicial al funcionario de conocimiento
- Debe comprobarse que dos autoridades judiciales de jurisdicciones diferentes reclaman para sí o niegan ser competentes para asumir el conocimiento del asunto correspondiente
- Competencia de la Corte Constitucional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Villavicencio y la Jurisdicción Especial para la Paz.
Revisado el asunto concluye la Corte que no se configuró un conflicto de competencia entre jurisdicciones, en tanto la única autoridad que ha venido conociendo los hechos investigados y juzgados en la causa penal, ha sido el Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Villavicencio, en la jurisdicción ordinaria, mientras que la JEP no ha propuesto el llamado de los procesados a dicha jurisdicción.
Se reitera que esta clase de controversias se origina en la manifestación de ambas jurisdicciones de ser llamadas a conocer del asunto o, en su defecto, de rehusar las dos el conocimiento del mismo por no ser de su competencia, lo que no ocurre en esta oportunidad.
La Sala se declara INHIBIDA para pronunciarse sobre el inexistente conflicto de competencia entre jurisdicciones planteado por el apoderado de las víctimas del proceso penal.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el inexistente conflicto de competencia entre jurisdicciones planteado por el apoderado de las víctimas dentro del proceso penal con radicado No. 50001-60-00-565-2014-00447, acorde con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-00011 y todos sus anexos al Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito Especializado de Villavicencio para lo de su competencia.
- TERCERO. Por Secretaría General, COMUNICAR al Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito Especializado de Villavicencio la presente decisión, para que, a su vez, la ponga en conocimiento de las partes e intervinientes.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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